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Inocencia Fiscal II: el Gobierno cambia las reglas y habrá descuentos de hasta el 50% en multas

La ley busca facilitar la incorporación de fondos a la economía formal mediante un régimen simplificado de Ganancias y nuevas reglas tributarias.

Viernes, 9 de Octubre de 2026
[ultimasnoticias]

El Gobierno nacional oficializó la reglamentación de la Ley 27.826, denominada Inocencia Fiscal II, que introduce modificaciones en el sistema tributario argentino. La normativa establece nuevas condiciones para acceder al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias y contempla beneficios para determinados contribuyentes, además de cambios en las sanciones por incumplimientos fiscales.

La medida, publicada en el Boletín Oficial, apunta a facilitar la regularización de obligaciones tributarias, ofrecer mayor previsibilidad y fomentar el ingreso de fondos al circuito económico formal.

Entre las principales novedades se encuentra una reducción automática del 25% en las multas por infracciones formales para personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas y organizaciones sin fines de lucro que no estén comprendidas dentro de los Grandes Contribuyentes Nacionales.

El beneficio alcanza a quienes hayan incumplido con la presentación de declaraciones juradas, requerimientos de información y otras obligaciones establecidas por la legislación tributaria.

Además, se habilita una rebaja del 50% para determinadas sanciones correspondientes a infracciones anteriores a la entrada en vigencia de la ley, siempre que las multas no hayan quedado firmes o continúen impagas.

Para acceder a este último descuento, será necesario regularizar la obligación pendiente, aceptar la parte de la sanción que permanezca vigente y desistir de las acciones legales relacionadas con ella.

Quiénes podrán acceder al régimen simplificado de Ganancias

La reglamentación permite incorporarse al nuevo sistema para los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2025.

El mecanismo está dirigido principalmente a personas humanas y sucesiones indivisas con residencia fiscal en Argentina. En términos generales, los interesados deberán acreditar esa condición durante todo el período declarado, aunque se contempla una excepción para quienes ingresen por el ejercicio 2025.

Por otra parte, ARCA tendrá facultades para excluir del régimen a quienes no cumplan los requisitos, realizar inspecciones, determinar diferencias impositivas y aplicar las sanciones correspondientes.

En el caso de los Grandes Contribuyentes Nacionales y determinados funcionarios públicos, la posibilidad de utilizar la declaración simplificada estará limitada a la presentación y al pago del impuesto, sin acceder a las presunciones de exactitud ni a las restantes ventajas contempladas por el régimen.

Esta restricción también comprende a personas que ocupen o hayan desempeñado durante los últimos cinco años cargos de alta responsabilidad en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, entre otros organismos estatales.

Qué diferencias podrá investigar ARCA

Otro aspecto central de la reglamentación es la definición de los criterios que permitirán identificar inconsistencias relevantes en las declaraciones del Impuesto a las Ganancias.

Una diferencia podrá ser considerada significativa cuando represente al menos el 15% de lo declarado, supere determinados parámetros del Régimen Penal Tributario o se detecte la utilización de facturas falsas e ingresos computados de manera incorrecta.

No obstante, se establecen excepciones para diferencias de menor magnitud y para contribuyentes que rectifiquen su situación dentro de los 15 días hábiles posteriores a una notificación administrativa, siempre que regularicen las obligaciones correspondientes.

La responsabilidad de demostrar que existe una irregularidad significativa recaerá sobre ARCA, que podrá recurrir a las declaraciones del contribuyente, sus registros internos y documentación suministrada por terceros.

Si una impugnación es finalmente dejada sin efecto mediante una resolución firme favorable al contribuyente, se recuperará la presunción de exactitud de la declaración. Además, el organismo deberá devolver los importes abonados, junto con los intereses, en un plazo de 45 días hábiles.

Qué pasará con los fondos incorporados a la economía formal

La normativa también precisa los mecanismos admitidos para realizar operaciones con dinero comprendido en el nuevo régimen.

Los movimientos deberán efectuarse a través de medios autorizados por el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores. Sin embargo, se considerará cumplido ese requisito cuando exista intervención del sistema financiero formal al inicio o al cierre de la operación.

También se contemplan determinados pagos en efectivo realizados al momento de formalizar escrituras públicas vinculadas con derechos reales sobre inmuebles.

El tratamiento previsto para estas operaciones estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027. Para el Impuesto sobre los Bienes Personales, los fondos se considerarán incorporados al patrimonio en la fecha en que se concrete la transacción.

Por otra parte, la constancia de adhesión podrá presentarse como un antecedente favorable ante entidades obligadas a cumplir controles contra el lavado de activos, aunque estas deberán mantener sus procedimientos de verificación.

Multas de hasta $7,5 millones por irregularidades en el empleo rural

La reglamentación también introduce modificaciones en el esquema de sanciones vinculadas con la registración de trabajadores rurales ante el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).

Las penalidades dependerán de la gravedad de cada incumplimiento:

- Infracciones leves: multas de $120.000 a $187.500 por trabajador, por inconsistencias en las declaraciones.

- Infracciones graves: sanciones de entre $375.000 y $1.500.000, cuando se detecte información falsa.

- Infracciones muy graves: multas de $1.500.000 a $7.500.000 por empleado, ante la falta total de declaración del contrato laboral.

En situaciones de reincidencia dentro de un período de cinco años, el límite máximo de las sanciones más graves podrá aumentar hasta un 50%.

Además, desde el 1 de enero de 2027, los montos serán actualizados anualmente de acuerdo con la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

Cuándo comenzarán a aplicarse los cambios

ARCA dispondrá de 30 días desde la publicación de la reglamentación para adecuar sus sistemas y definir los procedimientos necesarios para poner en funcionamiento las nuevas disposiciones.

En paralelo, la Unidad de Información Financiera (UIF) deberá emitir las normas complementarias correspondientes dentro de los 15 días hábiles posteriores a la publicación.

Con estas modificaciones, el Gobierno busca simplificar determinados trámites impositivos y establecer nuevas condiciones para la regularización fiscal, mientras se refuerzan las sanciones por irregularidades en la registración del empleo rural.

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