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Blanqueo: el Banco Central regula la prórroga y detalla cómo se podrán usar los fondos

El organismo encabezado por Santiago Bausilli, detalló qué se puede hacer con los fondos blanqueados al comienzo del período de prórroga.

Miercoles, 2 de Octubre de 2024

Luego de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentara las nuevas etapas del blanqueo, le tocó el turno al Banco Central. A través de la Comunicación "A" 8110/2024, el organismo encabezado por Santiago Bausilli regula la prórroga del Régimen de Regulariación de Activos en el que da detalles de cómo se podrán disponer de los fondos.

De acuerdo al escrito, a partir de este martes, "los fondos depositados deberán permanecer indisponibles hasta el 30/09/24 o 31/10/24 inclusive –según corresponda–, de acuerdo con lo previsto en los Decretos 608/24 y 864/24 y en la reglamentación que establezca la AFIP a tal efecto".

En caso de que el importe total regularizado sea de hasta u$100.000, y el titular decida transferir el importe depositado en esta cuenta hacia otra cuenta propia antes de las fechas límites previstas para la manifestación de adhesión de la Etapa 1 –según corresponda–, la entidad financiera deberá requerir que este último manifieste –con carácter de declaración jurada– que ese monto será utilizado, hasta las fechas límites antes mencionadas, en operaciones onerosas debidamente documentadas –entendiéndose por tales a aquellas que cuenten con el correspondiente respaldo del comprobante pertinente (factura, boleto de compraventa, escritura, entre otros)–.”

Además, se aclara que, durante el período de indisponibilidad "no se admitirán débitos diferentes de los específicamente autorizados.”

¿En qué se puede invertir para el blanqueo?

El bróker Adcap Grupo Financiero sugiere la ON de YPF que vence en 2025 y "parece apuntar a que la compañía usa su caja actual porque cree que, en octubre, podrá acceder a una demanda de ONs, que hasta ahora no estaba disponible y está dispuesta a financiarla a menores tasas". Asimismo, desde Adcap recuerdan que se puede invertir los fondos del blanqueo en los siguientes instrumentos:

    títulos públicos: emitidos por Estado nacional, provinciales, municipales y/o CABA
    certificados de participación: fideicomisos para inversión productiva, inmobiliaria, infraestructura y financiamiento pymes
    cuotapartes de fondos comunes de inversión abiertos y cerrados
    acciones colocadas por oferta pública
    obligaciones negociables
    cheques de pago diferidos
    pagarés bursátiles
    títulos públicos/valores en fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.
    operaciones onerosas: proyectos inmobiliarios iniciados a partir del 8 de julio de 2024 o que, a dicha fecha, tengan un grado de avance inferior al 50%
    vehículos que cumplan con las condiciones propuestas por la resolución.
    contratos de locación de obra o símil naturaleza.

Por último, los analistas recomiendan una cartera de inversión según perfil de cada inversor "para no pagar el 5% si tenemos más de u$s100.000".

Para aquellos que buscan mayores retornos asumiendo un mayor riesgo existen bonos como el GD35, que ofrece un rendimiento en dólares cercano al 17%, o el Bono del Tesoro ajustable por CER con vencimiento en 2024 (T4X4), configuran una opción ideal para ganar en el corto plazo frente a la inflación.

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